¿Cómo puedo estar seguro de que el contrato me lo firmó quien debía?
Planteemos una situación hipotética: Vasos GDL está por mandarle mercancía a Cabrito en MTY (de Guadalajara a Monterrey, obi), y este se la pagará a los 5 días de recibirla. Por lo que, evidentemente, Vasos GDL quiere tener toda la certeza de que Cabrito en MTY quedó perfectamente obligado en los términos del contrato que ya ambos acordaron mediante intercambios de correo electrónico (con emojis y todo, porque son empresarios millenial).
¿Un correo electrónico de “ESTOY DE ACUERDO” basta para probar la aceptación?
Un correo electrónico sí puede ser prueba. El tema es probar a quien se le atribuye la autoría. ¿Cómo estar seguros de que la cuenta de correo compras@cabritomty.com realmente pertenece al mandamás de Cabrito en MTY? Cualquiera puede comprar un dominio (es decir, el “cabritomty.com”). Mientras esté disponible y se pague el precio, se tiene el dominio.
¿Le pido que me mande el contrato firmado por paquetería? Si todos actuáramos de buena fe, sí es buena idea. ¿Pero cómo puedes estar seguro de que sí lo firmó quien debía de firmarlo, y no pidió a un auxiliar que “le echara un garabato”?.
¿Se puede comparando la firma recibida con la imagen de la credencial de elector? Si el día de mañana el mandamás de Cabrito en MTY dice “ey no, yo no firmé eso”, lo que importará no es si se parece o no la firma a la del INE, sino una pericial grafoscópica. En esta, un perito determinará si la firma que consta en el contrato, salió o no del puño y letra del Sr. Cabrito en MTY.
¿Entonces qué? ¿Mi única opción es mandar a alguien de confianza a recabar la firma del Sr. Cabrito en MTY a Monterrey (con todos los costos y tiempos que eso implica)?
Si quieres tener en tu contrato la certeza de que “firmó con su puño y letra” quien tenía que firmar, pues sí.
El emisario que mande Vasos GDL a Monterrey deberá llegar a dicha ciudad, sentarse cara a cara con el Sr. Cabrito en MTY para verlo firmar, pedirle previamente su credencial de elector para estar cierto de que lo están sentando frente a la persona correcta (si es que no conoce su cara); y un condimento más a este ya picoso caldo: ¿cómo saben Vasos GDL y su emisario que quien se ostenta como Sr. Cabrito en MTY realmente tiene facultades suficientes para representar a Cabrito en MTY?
¿Porque le mandaron por correo copia del poder? O mejor aun: ¿porque al emisario le enseñaron copia certificada del poder’ ¿Y si ese poder está revocado? ¿Y si Cabrito en MTY ya cambió de representante?
(¿Ahora entienden la paranoia con la que vivimos los abogados?)
La forma fehaciente de asegurarse que una persona tiene poder para representar a una empresa, es corroborando en el Registro Público de Comercio que la persona en cuestión aparezca como apoderado de la sociedad.
Me dirán: “Esto es un infierno”. Les contestaré: “Sí”.
Dos tips para evitar este calvario:
- Pacten un anticipo, aunque sea simbólico. Y que sea transferido de una cuenta bancaria a nombre de Cabrito en MTY a Vasos GDL. De esa forma, ya hay muestra inequívoca de que Cabrito en MTY (con independencia de quién haya firmado el contrato) está de acuerdo con la operación.
- Que Cabrito en MTY firme el contrato con su firma electrónica certificada. Que desde luego puede ser la popularmente conocida como “la del SAT”. Ya hay plataformas que permiten insertar a un documento en formato de Word o PDF, “la firma del SAT”. Y acorde al Código de Comercio, ese .doc o PDF con “la firma del SAT” de Cabrito en MTY tendrá el mismo valor que un contrato firmado con el puño y letra de quien tenga facultades suficientes.
¿Qué dijiste campeón? ¿Que te está dando pánico todo lo que pueda hacer tu contador con tu “firma del SAT”? Oh sí. Haces bien en tener pánico. Porque haz de cuenta que tiene tu mano con pluma y pulso. Y cuentas bancarias.