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¿Quién votó para que Covarrubias fuera Magistrado?

Como ha sido público, el Magistrado José Covarrubias fue acusado de acosar sexualmente a una menor de edad. Este artículo no pretende violar su presunción de inocencia; sino que cuestiona la forma en que nuestros diputados(as) eligen Magistrados(as), y exhorta a que se transparenten esas decisiones.    

El 26 de enero del año 2017 votaron por Covarrubias 35 diputados(as) Jaliscienses para que ocupara el cargo de Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco. ¿Quién y por qué votaron por él? No lo sabemos, por eso urge que los diputados cambien la ley y su reglamento interno. Si apoyas la iniciativa, súmate a nuestro change.org AQUÍ

Acorde al diario de debates (visible AQUÍ), ese 26 de enero del 2017 estaban los siguientes diputados(as): 

¿Quiénes de esos diputados(as) fueron los 35 que votaron por Covarrubias Dueñas para ser Magistrado? No se sabe. Porque la votación fue por cédula. Es decir, secreta. De dicho diario de debates solo se aprecia lo siguiente:

Ese día los diputados(as) tenían una lista de 48 candidatos(as) para acceder al cargo de Magistrado(a) (visible AQUÍ). Y de toda esa lista, los votos se dividieron de manera desproporcionada entre dos candidatos. ¿Por qué? Oficialmente no lo sabemos. Pero extraoficialmente la respuesta es evidente: hubo un pacto político. 

Los pactos políticos siempre han existido y existirán. Por más que sea seductora la idea de “sin cuates ni cuotas”, eso difícilmente va a pasar. Por eso lo sensato es implementar contrapesos y métodos de control a las decisiones políticas. Y un mecanismo es: exigir transparencia y justificación en la decisión de los legisladores. 

Por desventura lo que hicieron los diputados es legal (aunque inconstitucional). El artículo 184 apartado 2 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco regula el voto por cédula. Señalando que este tipo de votación consiste en dejar una cédula dentro de una urna. Es decir, se trata de un voto secreto. 

Asimismo, el apartado 4 del artículo antes citado señala que queda a elección de los diputados(as) si justifican o no en su voto secreto, por qué votaron por X o Y candidato(a). 

Y debe ser por cédula la votación para Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, porque así lo indica el artículo 16 apartado 1 fracción XIX del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Jalisco. Es decir, estamos fregados mientras tengan vigencia y obligatoriedad dichas disposiciones legales, las cuales pueden ser cambiadas por el Congreso de Jalisco. Y deben de ser cambiadas si es que el Congreso de Jalisco tiene interés en garantizar el mantenimiento de canales abiertos para el disenso y el cambio político

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la votación por cédula (secreta) contemplada en la legislación del estado de Yucatán (en la sentencia visible AQUÍ). Toda vez que se contraviene la obligación del poder legislativo de implementar mecanismos de transparencia, al privar a los gobernados de conocer el sentido de las votaciones del Congreso. Lo cual constituye información de carácter público a la cual los gobernados tienen derecho de acceder, y es necesaria para la formación razonada de una opinión pública, así como para la toma de decisiones político-electorales informadas. 

Es decir, está claro que es inconstitucional la forma en que el Congreso de Jalisco elige a nuestros Magistrados(as). 

Y si tomamos en cuenta que acorde a la Jurisprudencia de la Suprema Corte, no procede amparo contra la elección de Magistrado (Jurisprudencia visible AQUÍ), queda claro que el Congreso nos tiene a los Jaliscienses en el peor de los mundos. Porque ante la elección de Magistrado(a):

  1. No se puede presentar amparo. Por lo que no hay forma de ejercer un control jurisdiccional.
  2. No se puede saber qué diputado votó por X Magistrado(a). Por lo que no hay forma de ejercer un control político electoral. 

Es por eso, que si los diputados de la actual legislatura quieren actuar con transparencia y responsabilidad, deben de modificar su ley orgánica y reglamento para efecto de que en la elección de cargos públicos tan relevantes (como lo es una Magistratura):

  1. Quede constancia de qué diputado(a) votó por qué candidato(a).
  2. Quede constancia de los motivos por los cuales se emitió el voto en dicho sentido. 

¿Qué dijiste campeón? ¿Que si puedes mandarle un tuit a cada uno de los diputados de ese entonces, para que te digan por quién votaron para el cargo de Magistrado(a) y por qué? Sí. Pero te advierto que es más fácil que un camello pase por el ojo de una aguja, a que un diputado(a) te conteste esa pregunta…

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