Apto para público en general

No es buena idea (jurídica) acostarte con tu rumi

Hemos recibido varias críticas a partir de la defensa a la eutanasia, que hemos estado haciendo en las publicaciones identificadas con hashtag #BoringAlert. Para quienes aún no saben, el descorbatado autor comparte los piensos que surgen a partir de la investigación que hace en su nueva aventura académica.

Pero esta vez nos vamos a reivindicar con las “buenas conciencias”, y vamos a dar un consejo legal que va a acorde con la moral y las buenas costumbres (guarever dat mins): no practiques actos de fornicio con tu rumi (dícese de aquella persona con la que cohabitas, y -en principio- compartes gastos).

Como seguido compartimos en este portal, las delicias del matrimonio cada vez se extienden más al amor en libertad.

Todas esas consecuencias económicas que hay después del matrimonio, a cargo del ex cónyuge que se dedicó a generar dinero, y a favor del ex cónyuge que se dedicó al hogar, ya son perfectamente replicables cuando termina una “relación de hecho”, como lo es el concubinato (o como lo conoce la banda: la unión libre).

Entonces, una buena razón que te podemos dar para no ejecutar el acto concupiscente con tu rumi, es para evitar que el día de mañana te pueda reclamar pensión alimenticia y compensación, si lo(a) corres del depa por no colaborar para los gastos…

Oh sí, así de terrible como se lee:

Escena 1: Tú y tu rumi comparten depa y contribuyen equitativamente a los gastos.

Escena 2: Les parece “buena idea”, ejecutar entre ambos el acto amatorio.

Escena 3: Lo siguen haciendo por un rato…

Escena 4: Tu rumi se queda sin trabajo, y deja de contribuir a los gastos del depa.

Escena 5: Tú dices: “va, no ha fijón, yo te apoyo en lo que encuentras trabajo”. Y siguen compartiendo algo más que el techo.

Escena 6: Te cansas de sufragar los gastos y le dices: salte.

Escena 7: Tu rumi te hace ver que por la forma en que se dio la materialidad de la relación entre ambos, pudiera alegar que hubo un concubinato, y exigirte (i) una pensión, así como (ii) una parte de los bienes que tú hayas generado mientras él/ella se dedicó al hogar…

Kabum.

Sobra decir que, atendiendo a los criterios que ha establecido la Suprema Corte de Justicia en materia de relaciones homosexuales, carece de importancia si tú y tu rumi son del mismo sexo.

¿Qué dijiste campeón? ¿Que, al contemplar la posibilidad de las relaciones homosexuales, este artículo dejó de ser del agrado de las “buenas conciencias”? Fak. Pero, pues, la culpa es suya por homofóbicos.

Conclusiones:

  1. Lo que ha mermado eso llamado “compromiso de pareja”, no es que los jóvenes de ahora le tengan miedo al “compromiso”; o que los jóvenes de ahora prefieren las cosas desechables, sino los criterios de la Suprema Corte que hacen le de pánico a alguien que tiene una actividad económicamente remunerada, intimar con alguien que no tiene una actividad económicamente remunerada (o que puede dejar de tenerla).

Si no entendiste el cotorreo de ¿Qué dijiste campeón?, es porque no has visto al Abogado Sin Corbata en video. Y lo puedes ver AQUÍ.

Compártenos tu opinión

Related Posts

Sin resultados.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Fill out this field
Fill out this field
Por favor, introduce una dirección de correo válida.