En febrero del 2013 se reformó el artículo 3° y 73° constitucional, el cual tuvo como objetivo garantizar la calidad en la educación, como un derecho de las personas. Para concretar dicha pretensión se creó el Servicio Profesional Docente (SPD). Escuchamos por los pasillos (o por Facebook) que se trata de agresión profesional contra los maestros y que les resta derechos laborales. Es un hecho que hoy el requisito para estar frente a un grupo de alumnos es distinto. Hoy, por ejemplo, se prohíbe expresamente la venta o herencia como acceso al SPD.
El nuevo proceso consiste en asegurar la idoneidad del profesor a través de su evaluación. Al maestro que pretende ingresar se le proporciona tutoría y asesoramiento (bueno, eso reclama la ley). Si el aspirante obtiene resultado satisfactorio en su primera evaluación, pues ya está, es docente y tiene derecho a que se le proporcione constantemente programas de actualización y regularización. De obtener un resultado no satisfactorio se le da una segunda oportunidad, en un plazo no mayor a 12 meses para realizar la misma evaluación -sí, un año de preparación para un examen-.
Ahora bien, ¿qué sucede con los profesores que ya pertenecen al SPD? Primero que nada, los profesores tienen derecho de conocer con al menos tres meses de anticipación los perfiles, parámetros e indicadores de la evaluación, los programas de capacitación y formación continua, así como recibir sus resultados y el diagnóstico para mejorar su próximo resultado. Cabe mencionar que existe la oportunidad de aplicar hasta un tercer examen -¡hasta 27 meses de preparación!- para ingresar al SPD.
Existe el mito acerca de un despido o… castigo al profesor que repruebe su tercer examen, lo cual es producto de la tergiversación de la ley. Pero, como los descorbatados evitamos el boca a boca, citamos textualmente lo que dispone la Ley General del Servicio Profesional Docente:
Artículo 20: […] Los resultados de la evaluación interna deberán dar lugar al establecimiento de compromisos verificables de mejora. En ningún momento podrán ser causal de procedimientos de sanción ni tener consecuencias administrativas o laborales.” El personal que no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación a que se refiere el artículo 53 de la Ley, no será separado de la función pública y será readscrito para continuar en otras tareas dentro de dicho servicio.
Transitorio Octavo: El personal que no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación a que se refiere el artículo 53 de la Ley, no será separado de la función pública y será readscrito para continuar en otras tareas dentro de dicho servicio.
Queda claro que, lejos de ser una ley que perjudique a los profesionistas, les garantiza como ningún otro empleo (si es que se insiste hablar en tales términos) la permanencia en el mismo, pues si de laboral se trata, no es ilegal destituir a aquél que no dé el ancho en la chamba. En la docencia educativa, sin embargo, no se le da de baja, sino que se le asigna otra función, por ejemplo, apoyo en supervisiones, bibliotecarios, etc.
¿Por qué insistir en hacer ver esta reforma como laboral? Se hizo una reforma en el artículo 3° Constitucional, no a la Ley Federal del Trabajo. La reforma del 2013 consistió en que
El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
… y esa es la esencia de la reforma, lo demás son los mecanismos para volverlo tangible. ¿por qué pretender que viola garantías laborales? Dichas garantías se contemplan en el 123 constitucional, y si a alguien se le transgreden tales derechos, pues que los demande (para esto estamos nosotros 😉).
Entonces, ¿te suena descabellado procurar que aquél que ostenta uno de los papeles fundamentales para cualquier sociedad (educar) sea el más apto y preparado?
Ahora que por fin el gobierno atinó en su actuar ¿por qué echar abajo lo que sí aporta al desarrollo de México? ¿Para satisfacer caprichos de algunos clanes? Porque, eso sí, hay profesores (con verdadera vocación) que están satisfechos con la reforma, pues por sus méritos les es permitido acceder y escoger plazas conforme a su evaluación; las mismas que antes no eran de su alcance si carecían de palancas. Solo que a estos profesores les cuesta más alzar la voz porque luego… los rapan, los hacen caminar descalzos, en fin, los humillan (a éstos sí los humillan) frente a sus alumnos.
No dejemos de lado otras bondades que se eliminarían si se echa atrás la reforma, como las escuelas de tiempo completo, la escuela como centro de las decisiones de política educativa mediante la autonomía de gestión, órganos de consulta y consejos donde intervienen la sociedad civil, sindicatos y los padres de familia, el Sistema de Información y Gestión Educativa que mejora la comunicación e información de los centros escolares y las autoridades para mejorar los resultados de los educandos a nivel nacional.
Recordemos que el objetivo de la controvertida reforma es mejorar la educación de México, que tiene como consecuencia el desarrollo de todo un país. Dista de pretender -en un afán muy particular- oprimir a un grupo de sindicalizados. Este proyecto va mucho más lejos, y tiene una visión más noble: mexicanos bien preparados.