Sólo para el gremio

¿De dónde salen los principios?

A capa y espada afirmamos que X situación “contraviene el principio de seguridad jurídica”; o que Y situación contraviene el principio general de derecho ubi lex non distinguit nec nos distinguere debemus (donde la ley no distingue, no debemos distinguir). Y consideramos que por el hecho de que lo afirmado se desprende de alguna parte de la Constitución, o proviene de un latinazgo, “ya estamos invocando un principio”

Pero ei no. Lo que hace a algo ser un principio no es alguna de esas dos génesis. 

Voy a usar como base para afirmar qué son los principios y de donde salen, al autor que tiene el mérito de haber metido los principios a la cazuela de la interpretación jurídica. Al menos de la manera más influyente: Ronald Dworkin. 

Dworkin afirma que los principios jurídicos no necesitan alguna certificación o basarse en la decisión particular de algún tribunal u órgano legislativo, sino en un sentido de conveniencia u oportunidad que, tanto en el foro como en la sociedad, se desarrolla con el tiempo  (Dworkin, 1977).

La continuación de su poder depende de que tal sentido de conveniencia se mantenga. Si dejara de parecer injusto permitir que la gente se beneficie de sus delitos, o ya no se considerase justo imponer responsabilidades especiales a los oligopolios que fabrican máquinas potencialmente peligrosas, estos principios dejarían de desempañar un papel importante en los casos nuevos, aun cuando jamás hubieran sido derogados o rechazados.  

pág. 95

Este análisis de los principios lo hace Dworkin tras revisar el emblemático caso de Riggs vs Palmer, que fue resuelto en Nueva York en el año de 1889. La corte debía determinar si un heredero designado como tal en el testamento de su abuelo, podía heredar pese haber asesinado a su abuelo. 

El punto complicado era que acorde a las leyes aplicables, se debía dar la herencia al heredero asesino. Sin embargo, el tribunal decidió negar la herencia al tenor del principio “a nadie se le permitirá sacar partido de su propia injusticia”. ¿Y por qué esto es un principio? Porque como ya se señaló, la sociedad lo considera conveniente, oportuno, justo. 

Muy bien, ya vimos de donde salen los principios. Siguiente pregunta (y pue’ que más escabrosa): Una vez que se tiene un principio, ¿se aplica en todo y para todo? Ei no

El propio Dworkin señala en su obra un caso donde la ley (y la sociedad) acepta la posibilidad de que alguien se beneficie de su propia injusticia: la usucapión (pág. 75). Recordemos que hay usucapión de mala fe. En la cual una persona puede adquirir la propiedad de un inmueble, pese haber entrado a poseer por sus pistolas

Como hemos visto de los casos antes citados, hay veces en que un principio es suficiente para hacer a un ladito lo que dice el texto de la norma (caso Riggs vs Palmer), y hay casos donde el texto del principio no alcanza para modificar la norma (caso de la usucapión). Es por lo que Dworkin afirma que una norma es obligatoria cuando:

la norma cuenta con el apoyo afirmativo de principios que el tribunal no es libre de ignorar, y que colectivamente tienen más peso que otros principios que abogan por el cambio. 

pág. 92

O más adelante el autor señala:

existe obligación jurídica siempre que las razones que fundamentan tal obligación, en función de diferentes clases de principios jurídicos obligatorios, son más fuertes que las razones o argumentos contrarios. 

pág. 100

O sí, bienvenidos al derecho del siglo XXI. Se acabaron esos tiempos del Código Civil de Napoleón, donde no era válido salirse del “renglón de la ley”. “Ya nadie puede afirmar en serio que la aplicación de la norma no es sino una subsunción lógica bajo premisas mayores formadas abstractamente” (Alexy, 1978) (pág. 14) Dice Robert Alexy citando a Karl Larenz (quien lo dijo desde 1975…).

Es innegable que la tendencia global es acercarnos a la interpretación vía principios. Prueba fehaciente de ello es la gran cantidad de ocasiones que enuncian el criterio de “razonabilidad” los 2 instrumentos más influyentes de derecho privado a nivel global: la Convención de Viena sobre Compraventa internacional de Mercaderías (aproximadamente 40) y los Principios Generales sobre los Contratos Comerciales de Unidroit (casi 60). 

¿Qué dijiste campeón? ¿Cómo saber si algo es razonable? Eso va ser para después… porque una regla que nunca será sobrepasada por principio alguno, es que esto no debe exceder de 800 palabras. Adiós. 

Alexy, R. (1978). Teoría de la argumentación jurídica (3ra edición).


Dworkin, R. (1977). Los derechos en serio. Ariel.

Fuentes citadas.

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