Apto para público en general

El INE y la clasiquísima de Poncio Pilatos

Creo que fue un Martes de esta semana en la mañana, cuando Ever (el entrenador) acababa  de fulminar mis ganas de vivir, y me postré en el sillón del vestidor del gimnasio a esperar ver ese túnel hacia la luz, que dicen ves cuando pita el árbitro celestial. Pero lejos de ver al Creador recibiéndome con los brazos abiertos, vi un noticiero local dando la nota respecto a la bestial cantidad de dinero que recibirán los partidos políticos este año, con siguiente el “pie de pantalla” (o como sea que se llame el “pie de página” que aparece en la televisión): “EL INE SE LAVA LAS MANOS”.

En ese momento, la curiosidad jurídica me devolvió las ganas de vivir, y saqué la Constitución que todo Abogado (Sin Corbata) lleva en el bolsillo. Para así saber si sicierto lo que dijo dicho noticiero local, cuyo nombre no será mencionado porque los demás noticieros aún no pagan patrocinio a los Abogados Sin Corbata.

Para quienes llevan una vida saludable alejada de noticias, va la bola: El Instituto Nacional Electoral (INE), otrora IFE, anunció que el presupuesto que asignará a partidos políticos y candidatos independientes para el 2018 asciende a la friolera de 6,788 millones 900,016 pesos. Convertido al tipo de cambio del mexicano promedio de este país, equivale a un diablal de dinero.

Como este espacio no es del corazón ni de crítica política (claramente está más cerca de ser lo primero, que lo segundo), no vamos a hablar mal de la mafia del poder. Simplemente vamos a analizar jurídicamente si el INE actualiza o no el supuesto jurídico de “Poncio Pilatos”.

Y el INE sí actualiza el dicho supuesto “Poncio Pilatos”. Porque se lavó las manos. Pero sin tener otra opción. El INE soltó/definió el sablazo del dinero a repartir, sin que el marco jurídico le diera opción de para donde echarse.

¿El INE sacó la fórmula de su ronco pecho? Noup. Este país ya no es tan bárbaro (en eso). La fórmula al tenor de la cual se debe de fijar el financiamiento a repartir a los partidos políticos, está contemplado en la mamá de los pollitos: la Constitución.

Nuestra Carga Magna (así nos gusta a los Abogados decirle a la Constitución) en su Artículo 41 fracción II incisos a) y b), señala la fórmula mediante la cual se calculará el financiamiento que recibirán los partidos políticos. Como podrán ver, esta fórmula es mucho más sencilla que la usada para calcular el valor del caballo Kamcia y el daño moral (compartida AQUÍ). En el dinero a recibir por los partidos políticos, los legisladores no dejaron nada a criterios subjetivos:

  • El inciso a) de los antes referidos, señala que la fórmula para el financiamiento para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes, el cual se fijará anualmente, es el producto de: multiplicar el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, por el 75% del valor diario de la Unidad de Medida de Actualización.
    • El 30% de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los Partidos Políticos en forma igualitaria;
    • y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieran obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.

Pero aún hay más:

  • El inciso b) señala que el financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante el año que se elijan Presidente de la República, senadores y diputados federales, equivaldrá al 50% del financiamiento público que el corresponde a cada partido político por actividades ordinarias de ese mismo año. Es decir, el 50% de lo que dice el inciso a).

¿Tedible, no?

Conclusión: ¿El INE tenía para donde echarse? Noup. Porque está en la Constitución. Y lo que está ahí, ni los Ministros de  la Suprema Corte se atreven a tocarlo (ya en este artículo divagamos al respecto).  El texto de la Constitución tiene que ser acatado. Y no queda de otra mas que esperar que el poder Legislativo cambie la Constitución. ¿Y quién integra el poder legislativo? Voilà. Ahí quedan mermadas las esperanzas de que algo cambie.

La fórmula antes referida nació en nuestra Constitución el 13 de noviembre del 2007. Ese año hubo una nutrida reforma en materia electoral. ¿Se acuerdan por qué? Acababan de pasar las elecciones presidenciales que dieron como resultado un Presidente Constitucional, y un Presidente legítimo. ¿Entonces esto fue producto de una negociación política? Naaa… Eso no pasa en este país. Antes la fórmula era más parecida a la del valor del caballo Kamcia: los costos mínimos de campaña calculados por el órgano Superior de Dirección del Instituto Federal Electoral, el número de senadores y diputados a elegir, el número de partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión y la duración de las campañas electorales.

Pero al diablo. Que lo subjetivo quede en el derecho que rige a los particulares. No en lo que regula el dinero a recibir por los Partidos Políticos.

No todo es desesperanza. Hay algo que se puede hacer: Ahora que vienen elecciones a legisladores en el 2012, cuestionen a sus candidatos: Candidato: ¿tú propondrías modificar (para abajo, claro) la fórmula para calcular el presupuesto a los Partidos Políticos?

Seh…, al menos reconozcan que como idea es buena….. Pero esas son las reglas a jugar y padecer de una democracia. Que como decía Winston Churchill: “es el peor de todos los sistemas, a excepción de todos los demás”.

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